Esta sentencia de Tribunal Constitucional obliga a los trabajadores a incluir en sus convenios colectivos clausulas de salvaguarda para no ser despedidos por bajas médicas justificadas

El despido objetivo de un trabajador que falte el 20% o más de días laborables al trabajo de forma justificada durante dos meses es legal. El Tribunal Constitucional (TC) ha concluido, entre otras cosas, que el límite al derecho al trabajo se justifica por la “libertad de empresa y la defensa de la productividad”.

La sentencia pretende frenar el absentismo laboral fijando unos umbrales por los que se puede despedir con una causa objetiva, es decir, con una indemnización de 20 días por año trabajado, a un empleado si falta al trabajo el 20% de los días hábiles en un periodo de dos meses o,  el 25% en cuatro aunque esas bajas estén justificadas. Esa norma excluye “las ausencias que obedezcan a un tratamiento médico de cáncer o enfermedad grave”.

Con este argumento, un empleado en que falte al trabajo 8 días de 40 y/o 20 días de 80, puede ser despedido por causa objetiva aun estando la baja justificada por “incapacidad temporal”

Desde CESHA creemos que esta sentencia es un arma letal para las empresas que atenta con el derecho a la salud y el bienestar de los empleados. Definitivamente, también creemos que conseguirá su objetivo de reducir las ausencias laborales, pero en contra, afectará a la mejora de la salud del trabajador y, según el tipo de enfermedad, expondrá al resto de empleados, usurarios y clientes al contagio, pudiendo llegar a expandir, por ejemplo, una gripe.

Ante esta sentencia y la ley laboral actual, se hace necesario implantar en los convenios colectivos un escudo ante semejante despropósito, que establezca que no serán causa de despido las bajas laborales debidamente justificadas, con el fin de proteger la salud y garantizar la mejora efectiva y rápida de los trabajadores que se encuentren en situación de incapacidad temporal, evitando además los posibles contagios de enfermedades contagiosas entre el resto del personal, usuarios y/o clientes.

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